Sillitas para niños: obligatorias en la Ciudad de Buenos Aires

Ciudad de Buenos Aires sep. 06, 2015

La medida involucra a casi todos los vehículos que circulen por la Ciudad de Buenos Aires, estén o no radicados en ese distrito: taxis y remises quedan exentos. Este año y 2016 serán de adaptación. Las multas se aplicarán a partir de 2017.

Ya nos hemos referido a la desidia que impera entre los automovilistas y las autoridades de tránsito argentinos. Los primeros no respetan las normas viales y los otros no se ocupan con suficiente rigor de supervisar que se cumplan. Muchas veces las legislaturas de diferentes jurisdicciones dictan normas o se acuerdan de que existen y las ponen “nuevamente” en vigencia, pero rápidamente, luego de un breve período de acatamiento masivo, quedan otra vez en desuso.

Más en Motorbit: La seguridad de tus hijos es lo más importante

Butacas-365show
La normativa tendrá un período de adaptación hasta 2017 cuando se empezarán a aplicar las multas.

Lo hemos visto en varias oportunidades. Los casos más resonantes fueron el de los cinturones de seguridad, los controles de alcoholemia y el uso del casco para los motociclistas: luego de una época en la que las autoridades controlaban frenéticamente a todo lo que se movía, pasaron, de un día para el otro, a una actitud peligrosamente pasiva.
Ahora es el turno de las sillitas infantiles, la seguridad de los niños, otro de los grandes temas pendientes en materia de seguridad vial en Argentina. Esperemos que no siga el mismo camino de los ejemplos que mencionamos.

Nios_seguros_ajustados
La Ley 5.294, del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad, establece que «cuando el pasajero sea menor de 12 años o con una altura inferior a 1,50 metros, debe utilizar el sistema o dispositivo de retención infantil correspondiente a su peso y/o altura.

Un reciente cambio en la legislación de tránsito porteña obliga a utilizar estos dispositivos de seguridad especiales para el transporte de niños en los asientos traseros de los automóviles. El subsecretario de Transporte de la Ciudad, Guillermo Dietrich, explica su alcance: «Patentados en el distrito o no, todos los autos que circulen por la Capital Federal deberán tener la butaca especial para chicos». Dietrich explicó que la Ley 5.294, del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad, establece que «cuando el pasajero sea menor de 12 años o con una altura inferior a 1,50 metros, debe utilizar el sistema o dispositivo de retención infantil correspondiente a su peso y/o altura debidamente homologado». La disposición es obligatoria para los vehículos particulares y no alcanza a los taxis o remises.

Más en Motorbit: Nuevo protocolo de evaluación de Latin NCAP

1387489
En Argentina son las normas IRAM 3680-1 y 3680-2 las que se encargan de la homologación correspondiente.

La ley establece que el conductor o titular del vehículo que traslade a los menores alcanzados por la normativa sin utilizar el sistema o dispositivo de retención infantil correspondiente, será sancionado con una multa de 650 pesos.
En este sentido, Dietrich aclaró que la ley no está reglamentada todavía y que ese punto está en análisis. «Más allá de la multa, la idea es concientizar a los adultos de la seguridad de sus hijos», agregó.
El funcionario explicó que habrá una primera etapa de adaptación y que «por lo menos durante todo el año 2015 y 2016» será una campaña de capacitación. «Los infractores deberán realizar un curso», añadió. Las multas económicas llegarían recién a partir del 2017

maxresdefault
Un reciente relevamiento de la Federación Internacional del Automóvil (FIA Región IV) advirtió que 4 de cada 10 sillitas para automóviles no responden a los niveles de seguridad que exige la ley sancionada por la Legislatura porteña. Existen varios estándares o criterios de homologación para los sistemas de retención infantil dentro del automóvil. En Argentina son las normas IRAM 3680-1 y 3680-2; en Estados Unidos la FMVSS213; en la Unión Europea, UNECER44/04; en Australia y Nueva Zelanda las AS/NZS 1754, y en Brasil la INMETRONBR 14.400.

Fuente: Infobae

 

La norma se aplicará para todos los vehículos que circulen por la ciudad de Buenos Aires, estén o no radicados en ese distrito. Taxis y remises quedan exentos. 

 

CUÉNTANOS

¿Qué tal te llevas con las normas de seguridad?

¿Te preocupas por cumplirlas?

¿Crees que los conductores del lugar donde vives se ocupan debidamente de estos temas?

¡Genial! Te has suscrito con éxito.
¡Genial! Ahora, completa el checkout para tener acceso completo.
¡Bienvenido de nuevo! Has iniciado sesión con éxito.
Éxito! Su cuenta está totalmente activada, ahora tienes acceso a todo el contenido.