Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre aprueba propuesta para sanciones más fuertes

Modificaciones podrían significar un incremento en las multas de infracciones como manejar con aliento alcohólico y conducir sin el cinturón de seguridad.

La junta directiva de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) aprobó el pasado 25 de mayo la resolución JD-09 del 25 de mayo de 2015 que propone modificar el Reglamento de Tránsito Vehicular. En estas reformas se establecen sanciones más severas para infracciones como el uso del celular y otros dispositivos electrónicos al conducir, manejar con aliento alcohólico o bajo la influencia del alcohol, exceder el límite de velocidad y no usar cinturón de seguridad.

También se incluyen nuevas infracciones como transportar exceso de pasajeros (transporte público), conducir por el carril de uso exclusivo y conducir con licencia suspendida o cancelada. La reforma se presentará ante el Órgano Ejecutivo. De ser aprobadas, se hará oficial mediante un Decreto Ejecutivo, en Gaceta Oficial.

Entre las recomendaciones de reformas y adiciones al reglamento de tránsito se encuentran:

  1. Conducir con aliento alcohólico: la propuesta de modificación contempla como sanción la pérdida de 10 puntos, una multa de B/.200.00 y asistencia a charla para aquellos conductores que estén entre los 10 – 20 miligramos por decilitro de sangre o 5 – 9 microgramos por decilitro de aire. La sanción del reglamento vigente es de 5 puntos y B/.150.00 de infracción.
  2. Manejar bajo la influencia del alcohol o bajo los efectos de estupefacientes: todo conductor que esté por encima de los niveles mencionados anteriormente entra en esta categoría y será sancionado la primera vez con una multa de B/.500.00, la pérdida de 15 puntos y la suspensión de la licencia por seis meses, la segunda vez con B/.700.00 de infracción, la pérdida de 30 puntos y la suspensión de la licencia por dos años.
  3. Manejar bajo la influencia del alcohol o bajo los efectos de estupefacientes con el agravante de causar accidente de tránsito, daño a la propiedad ajena o lesiones a otras personas: será sancionado la primera vez con B/.1,000.00 de multa, pérdida de 15 puntos, remoción del vehículo, asistencia a charla y la suspensión de la licencia por un año. La segunda vez la sanción será de B/.2,500.00, pérdida de 30 puntos, remoción de vehículo, asistencia a charla y la suspensión de la licencia por 3 años.
  4. Utilizar el teléfono o cualquier tipo de dispositivo tecnológico que distraiga al conducir: se sancionará con la pérdida de seis puntos, B/.300.00 de multa y la asistencia a charla de ser reincidente.
  5. No utilizar el cinturón de seguridad: significará la pérdida de seis puntos, B/.100.00 de multa y asistencia a charlas y suspensión de la licencia por seis meses de ser reincidente.
  6. Conducir por el hombro: representa la pérdida de cuatro puntos y una multa de B/.200.00.
  7. Pasar con luz roja en el semáforo: se sancionará con la pérdida de ocho puntos y una multa de  B/.200.00.
  8. Exceder el límite de velocidad: se sancionará con la pérdida de ocho puntos y una multa de B/.150.00. De ser reincidente deberá asistir a charlas.
  9. Conducir por el carril de uso exclusivo: significa la pérdida de cuatro puntos y B/.150.00. en multa, y la asistencia a charla por reincidencia. Esta falta sería agregada al reglamento de tránsito vehicular.
  10. Distracción en el manejo: que incluye desde cambiar la emisora de la radio hasta maquillarse en el vehículo, representa la pérdida de cuatro puntos y una sanción de B/.75.00. de multa. Esta falta sería agregada al reglamento de tránsito vehicular.

Con este incremento en las sanciones la junta directiva de la ATTT asegura que busca «salvar vidas» y no aumentar la recaudación de fondos. “La recomendación propuesta para la modificación al Reglamento obedece a la necesidad de disminuir los accidentes de tránsito y reducir las principales conductas que condicionan la fatalidad en las vías y las transgresiones de la Ley” dijo Julio González Pereira, director general de la ATTT.

Fuente: Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre – Por: Gloria Herrera Malo